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¿Existe una licencia por fallecimiento de familiares en el Sector Privado?

Sepa sobre la licencia por fallecimiento de un familiar del trabajador en el sector público y privado.

Dentro de ellas se encuentran las licencias por fallecimiento y enfermedad grave de parientes. A fin de destacar en qué casos los trabajadores pueden solicitar este beneficio, en el presente artículo se desarrollará el ámbito de aplicación y las formalidades de estas licencias.



Licencia laboral por fallecimiento de familiares

1. Regulación en el Sector Público

En sector publico encontramos una norma que nos habla sobre la licencia por fallecimiento, para ello nos dirigimos al artículo 112° del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM que nos menciona:

La licencia por fallecimiento del cónyuge, padres, hijos o hermanos se otorga por cinco (5) días en cada caso, pudiendo extenderse hasta tres días más cuando el deceso se produce en lugar geográfico diferente donde labora el servidor.


Por lo tanto, para el sector público existe una licencia de cinco días pero solo aplicara:

Cónyuges, padres, hijos y hermanos.


Además, en el artículo 110° del mismo decreto nos menciona que dicha licencia es con goce de remuneraciones.


También, aplica para los trabajadores CAS y los del Decreto Legislativo 276.


2. Regulación en el Sector Privado

Los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, regulado por el Decreto Legislativo Nº 728.

Mediante la Ley N° 31602, que fue publicada el 05 de noviembre del 2022 en el diario oficial “El Peruano”, se regulado por primera vez la licencia por cinco (5) días por fallecimiento de familiares para los trabajadores en el sector privado.


Licencia para la asistencia de familiares en estado grave de salud

Son beneficiarios de esta licencia los trabajadores que laboran en el sector de la actividad pública y privada, independientemente del régimen laboral al que pertenezcan.


Ámbito de aplicación:

Aplica únicamente para el cuidado y asistencia de los siguientes parientes directos del trabajador:

Parentesco por consanguinidad

– Por línea descendiente: hijos.

– Por línea ascendiente: padre o madre.


Parentesco por afinidad

– Cónyuge.

– Conviviente.


Duración

Al respecto, los plazos que puede solicitar son los siguientes:

Plazo máximo con goce de haber: siete (7) días naturales continuos.

Plazo adicional a cuenta de derecho vacacional:

En caso de que el trabajador quiera solicitar un plazo adicional al referido anteriormente, podrá hacerlo a cuenta de su derecho vacacional por un plazo no mayor a 30 días.

Beneficios sociales

La licencia para la asistencia de familiares en estado grave de salud ingresa para el cómputo de una serie de beneficios como se indican a continuación:

- CTS: Sí

- Gratificaciones ordinarias: Sí

- Vacaciones: Sí

- Utilidades: No


Conclusiones: La licencia por familiares en estado de salud grave se otorga a los trabajadores con familiares directos que se encuentran con enfermedad en estado grave o terminal o sufran accidente grave.

 
 
 

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